Devoluciones y reclamaciones

Los derechos y obligaciones de las partes contratantes en relación con los derechos derivados del cumplimiento defectuoso se rigen por las disposiciones generalmente vinculantes pertinentes (en particular las disposiciones de los §§ 6:157 a 6:178 de Polgári Törvénykönyvről szóló 2013. évi V. törvény, es decir, el Código Civil húngaro – Ptk., capítulo XXIV. Hibás teljesítés).

El Comprador tiene derecho a ejercer el derecho derivado de un defecto que se manifieste en la mercancía dentro del plazo establecido por la ley, es decir, catorce días desde la recepción.

El Vendedor responde ante el Comprador de que la mercancía, en el momento de la recepción, carece de defectos. En particular, el Vendedor responde ante el Comprador de que, en el momento en que el Comprador recibió la mercancía, (1) la mercancía posee las características acordadas por las partes y, a falta de acuerdo, posee las características que el Vendedor o el fabricante describió o que el Comprador esperaba habida cuenta de la naturaleza de la mercancía y sobre la base de la publicidad realizada por ellos, (2) la mercancía es apta para el fin que el Vendedor indica para su uso o para el que la mercancía de este tipo se utiliza habitualmente, (3) la mercancía corresponde, en calidad o ejecución, a la muestra o al modelo acordado, si la calidad o la ejecución se determinó conforme a la muestra o al modelo acordado, (4) la mercancía está en la cantidad, medida o peso correspondientes y (5) la mercancía cumple los requisitos de las disposiciones legales.

Si un defecto se manifiesta dentro de los 14 días siguientes a la recepción, se presume que la mercancía era defectuosa ya en el momento de la recepción.

El Comprador ejerce los derechos derivados del cumplimiento defectuoso ante el Vendedor. Se considera momento de presentación de la reclamación el momento en que la mercancía fue entregada en la dirección designada por el Comprador. Salvo que se disponga otra cosa, dicho lugar es la dirección del remitente de la mercancía, es decir, ORIGINAL GALLERY.

Al ejercer el derecho derivado del cumplimiento defectuoso, el Comprador está obligado a acreditar la celebración del contrato de compraventa. El Comprador tiene la obligación de comunicar el defecto al Vendedor, es decir, de aportar una descripción del defecto de la mercancía por el que la reclama.

El derecho derivado del cumplimiento defectuoso no corresponde al Comprador si, antes de la recepción de la cosa, el Comprador sabía que la mercancía tenía un defecto, o si el Comprador causó él mismo el defecto.

El Operador está obligado a informar al Comprador de que la reclamación ha sido resuelta y de qué manera, y ello a la dirección que indicó al presentar la reclamación o a través de otros datos de contacto conforme a los cuales sea posible avisar al Comprador de la resolución de la reclamación. En dicha comunicación, el Operador indicará el plazo para retirar la mercancía objeto de la reclamación.

En caso de que el Comprador no retire, dentro del plazo establecido por el Operador, la mercancía objeto de la reclamación, el Operador está facultado para cobrar un almacenaje razonable o para vender la mercancía por cuenta del Comprador mediante autotutela. El Operador debe avisar previamente al Comprador de este procedimiento y concederle un plazo adicional razonable para la recepción de la mercancía.